Comunicado Oficial – Provincia de Santa Cruz

Elegir un prestador no convenido corre pura y exclusivamente por cuenta del paciente y ya no es responsabilidad de la CSS la cobertura en esa elección tomada. Hacemos hincapié en estos temas ya que conociendo la reglamentación se recurre a profesionales no convenidos y luego se intenta reclamar reintegros incluso con la estigmatización del propio paciente, exponiendo la problemática en forma mediática.

Para nuestros afiliados que deseen atenderse en centros fuera de Santa Cruz, es importante recordar que:

  1. Procedimiento de Derivación

Para que la cobertura sea efectiva, es necesario realizar una solicitud de derivación a través de los canales oficiales de la CSS. Este proceso nos permite verificar la necesidad médica y coordinar la atención en centros prestadores con convenios activos con la CSS.

  1. Centros Médicos Prestadores

La Caja de Servicios Sociales cubre derivaciones sólo en centros médicos con los que tenemos acuerdos de prestación vigentes. En caso de que un afiliado decida atenderse en un centro no incluido en el padrón activo de la CSS, la cobertura se verá limitada.

La CSS mantiene su compromiso de ofrecer a sus afiliados la mejor atención posible dentro del marco de los convenios vigentes. La solidaridad de la CSS se da con la colaboración conjunta de cada uno de sus beneficiarios. Entre todos mantenemos los servicios de la Caja de Servicios Sociales.

Para más información sobre el proceso de derivación y los centros prestadores en CABA, nuestros afiliados pueden comunicarse con sus delegaciones o visitar nuestra página web oficial, que es https://css.gov.ar/.