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¡Atención propietarios de terrenos baldíos en Río Turbio!

Recordá que, según la Ordenanza N° 1.461, los terrenos deben estar:

Limpios de basura y maleza.

Desratizados.

Cercados conforme al Código de Edificación.

Evitá multas: El incumplimiento de estas normas de higiene puede derivar en sanciones que van desde las 150 UF hasta las 2000 UF.

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